La tutela constitucional del medio ambiente y los desafíos del Tribunal Constitucional dominicano frente a la crisis ecológica.

Mi Aldea Globlal / Nelson Reyes Estrella / Politólogo, periodista, abogado y doctor en economía.
El medio ambiente se ha convertido en uno de los derechos fundamentales más amenazados del siglo XXI. La crisis ecológica global expresada en el cambio climático, la pérdida de biodiversidad, la contaminación de aguas y suelos ha obligado a los Estados y sus instituciones a reconfigurar su actuación jurídica. En la República Dominicana, este proceso ha sido lento, pero con la creación del Tribunal Constitucional (TC) en la reforma de 2010, se ha abierto una vía formal para la tutela constitucional del derecho al medio ambiente.
Lo anterior me motivó a desarrollar mi tesis para optar por el título de Licenciado en Derecho en la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD), titulada: “El impacto de las decisiones del Tribunal Constitucional dominicano en materia ambiental (2012-2023)”.
En la investigación, analizamos 321 sentencias emitidas por el TC, de las cuales 51 fueron identificadas como relevantes en materia ambiental entre los años 2012 y 2023. Este corpus jurisprudencial revela un esfuerzo creciente por incorporar los principios de precaución, desarrollo sostenible, y justicia ambiental a las decisiones judiciales. No obstante, también evidencia grandes desafíos: la falta de ejecución efectiva de las decisiones, la limitada articulación institucional y la débil cultura constitucional ambiental.
Una tutela reconocida, pero frágil
La Constitución dominicana reconoce en sus artículos 66 y 67 los derechos colectivos y difusos y el deber del Estado de preservar el medio ambiente. A pesar de este mandato, muchos de los proyectos que han sido objeto de litigios, como presas, minas, obras turísticas o carreteras, avanzan sin cumplir los requisitos legales de evaluación ambiental, o ignorando decisiones judiciales.
El Tribunal Constitucional ha asumido en varias sentencias un rol protector, como en los casos de Loma Miranda (TC/0167/13), la orden de estudios de impacto ambiental en Pedernales y Ocoa (TC/0021/17 y TC/0052/20), estas decisiones constituyen un precedente jurídico valioso, pero su aplicación en muchos casos ha sido simbólica.
Sin embargo, es importante destacar, que con la Sentencias / TC/0076/23 el guardián de la constitución declaró no conforme con la Carta Magna el Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe, suscrito en Escazú, Costa Rica, el 4 de marzo de 2018. Este instrumento internacional fue firmado por la República Dominicana el 27 de septiembre de 2018.
La mirada comparada y el reto de ponerse a la altura.
En la comparación internacional, observamos que países como Colombia, Ecuador, Alemania o Brasil han logrado avanzar hacia una verdadera justicia ambiental constitucional. En Colombia, la Corte Constitucional declaró al Río Atrato como sujeto de derechos y ha utilizado el principio de precaución en decisiones sobre proyectos extractivos. En Ecuador, la Constitución de 2008 reconoce los derechos de la naturaleza, y la Corte ha anulado proyectos por no respetar estos principios. En Alemania, el Tribunal Constitucional declaró inconstitucional una parte de la Ley del Clima por no proteger suficientemente a las generaciones futuras. Y en Brasil, el Supremo Tribunal Federal ha obligado al gobierno a reactivar el Fondo del Clima para proteger la Amazonía.
Estos ejemplos evidencian que una justicia constitucional robusta puede ser un pilar frente a la crisis ecológica. Pero para ello, el derecho ambiental no puede depender únicamente de sentencias: necesita instituciones fuertes, ejecución efectiva, y un entorno político comprometido con la sostenibilidad.
La perspectiva de la sociedad civil
Nuestra investigación incluyó encuestas y entrevistas a líderes ambientales, abogados, académicos y exmagistrados. La mayoría valoran positivamente el potencial del TC, pero destacan su falta de independencia en ciertos casos, el incumplimiento de sus fallos y el bajo nivel de acceso ciudadano a la justicia ambiental. Además, identifican vacíos legales, como la falta de una Ley de Aguas, la necesidad de actualizar la Ley 64-00 de Medio Ambiente, y la urgencia de incorporar el cambio climático como eje transversal en la legislación.
Propuesta para una justicia ambiental efectiva
Para fortalecer la tutela constitucional del medio ambiente en la República Dominicana, es necesario abordar una serie de retos estructurales mediante propuestas concretas que apunten a una transformación institucional y cultural profunda.
En primer lugar, se propone la creación de una jurisdicción ambiental especializada. Esta instancia permitiría atender con mayor celeridad, conocimiento técnico y sensibilidad ecológica los conflictos relacionados con el medio ambiente, superando así las limitaciones de los tribunales ordinarios en esta materia.
Asimismo, resulta fundamental dotar de mayor autonomía y recursos a la Procuraduría Especializada para la Defensa del Medio Ambiente y los Recursos Naturales (PROEDEMAREN). Esta entidad enfrenta serias restricciones operativas que limitan su capacidad de acción, por lo que su fortalecimiento institucional es clave para una fiscalización ambiental efectiva.
Otra medida necesaria es el establecimiento de un sistema nacional de seguimiento al cumplimiento de las sentencias constitucionales en materia ambiental. Este sistema debe incluir mecanismos de participación activa de las comunidades afectadas y de las organizaciones sociales, garantizando así una justicia ambiental más democrática y transparente.
Además, se plantea la incorporación de la educación ambiental y constitucional en los programas escolares y universitarios. Esta estrategia busca sembrar una cultura de derechos ecológicos desde las etapas formativas, promoviendo una ciudadanía crítica y comprometida con la sostenibilidad.
Se hace urgente la aprobación de leyes clave que han sido postergadas, como la Ley de Aguas, la Ley de Cambio Climático, las leyes que buscan crear nuevas áreas protegidas, como el Parque Nacional Manolo Tavárez Justo, Loma Miranda y Loma Romero y la Ley de Ciudades Verdes y Sostenibles -que cursa en la Cámara de Diputados-, una Ley de Justicia Ambiental, esta última debería articular las competencias institucionales y garantizar el acceso efectivo a la justicia en materia ecológica, cerrando así las brechas normativas que hoy debilitan la protección del medio ambiente.
La tutela constitucional del medio ambiente en República Dominicana existe, pero su eficacia está en construcción. El Tribunal Constitucional ha emitido decisiones valientes, pero su impacto se ve limitado por la debilidad institucional, la falta de voluntad política y la ausencia de una ciudadanía ambientalmente empoderada.
Si queremos garantizar un futuro habitable para las próximas generaciones, no basta con reconocer el derecho al medio ambiente: debemos garantizarlo. Y eso implica pasar de la letra de las sentencias a su cumplimiento efectivo. La crisis ecológica no espera, y la justicia ambiental no puede seguir siendo una promesa.
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