Alianza para el Desarrollo en Democracia y los Principios Rectores sobre Empresas y Derechos Humanos
Por ROMMEL SANTOS DIAZ
La coherencia política de la Alianza para el Desarrollo en Democracia estará garantizada en la medida en que sus actores fundamentales actúen en función de hacer respetar y proteger los derechos humanos en el marco de los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos de las Naciones Unidas.
Los Estados que integran la Alianza para el Desarrollo en Democracia deberán ser conscientes de las obligaciones de velar por el respeto de los derechos humanos por parte de las empresas , en particular ofreciéndoles las informaciones , la capacitación y el apoyo pertinente para un efectivo cumplimiento de los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos.
La preocupación de los países que integran la Alianza para el Desarrollo en Democracia por impulsar un proceso de integración regional apuntando al progreso social y económico y comercial requerirá de futuros acuerdos bilaterales y multilaterales que necesariamente tratarán cuestiones relacionadas con las empresas, de ahí la importancia de tomar en cuenta los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos en la configuración de los acuerdos entre los Estados.
En la medida en que se consolide la Alianza para el Desarrollo en Democracia se requerirá que los países que la integran y los futuros integrantes de la alianza asuman las obligaciones de derechos humanos y las leyes y políticas para configurar las prácticas empresariales en la región.
La cuestión de los derechos humanos y las empresas deberá ser abordada por la Alianza para el Desarrollo en Democracia desde una perspectiva amplia, en interés de una coherencia política nacional tanto vertical como horizontal para conciliar diferentes necesidades sociales de las personas.
Como la Alianza para el Desarrollo se sustenta en la propuesta regional de que existe la necesidad de promover el crecimiento económico en el marco de la democracia, los derechos humanos y los objetivos de desarrollo sostenible , esto requiere que los Estados que la integran dispongan de las políticas, leyes y procesos necesarios para implementar las obligaciones dimanantes de las normas internacionales de derechos humanos.
Las prácticas empresariales , en particular en la esfera del derecho mercantil , la reglamentación de mercados de valores, la inversión, los créditos a la exportación , los seguros de exportación , el comercio y la actividad laboral ameritan que los países de la Alianza para el Desarrollo en Democracia actúen de forma compatible con las obligaciones de derechos humanos establecidas en los Principios Rectores sobre Empresas y Derechos Humanos.
Los Estados de la Alianza para el Desarrollo en Democracia deberán mantener un marco normativo nacional adecuado para asegurar el cumplimiento de sus obligaciones de derechos humanos cuando concluyan acuerdos políticos sobre actividades empresariales con otros Estados O empresas , por ejemplo a través de tratados o contratos de inversión.
Si bien es cierto que los tratados bilaterales de inversión, acuerdos de libre comercio o contratos de inversión, les brindan oportunidades económicas a los Estados, estos también pueden afectar al marco normativo nacional de los gobiernos. Por ejemplo, los términos estipulados en acuerdos internacionales de inversión pueden restringir la capacidad de los Estados para aplicar plenamente nuevas leyes en materia de derechos humanos, o exponerlos, en caso contrario al riesgo de arbitrajes internacionales vinculantes.
Finalmente, los Estados de la Alianza para el Desarrollo en Democracia, de ser necesario, deberán asegurarse de que retienen las facultades normativas y regulatorias para proteger los derechos humanos en el marco de los acuerdos , sin dejar de ofrecer la necesaria protección a los derechos humanos en cumplimiento de las obligaciones establecidas en los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos.
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