Defensor del Pueblo interviene en amparo contra Intrant por aspectos ilegales del registro motocicletas.
La intervención se realiza con ocasión de la acción de amparo presentada por ciudadanos que consideran violatorias a sus derechos varias medidas dispuestas en el “Plan Nacional de Registro de Motocicletas.
El Defensor del Pueblo, Pablo Ulloa, realizó una intervención con ocasión de la acción de amparo promovida por los ciudadanos Ángel Leonel Canó, Juan Joel Folch, Félix David Mejía, José Guillermo Cortines y Luís Alcántara en contra del Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant).
La acción de amparo contra el “Plan Nacional de Registro de Motocicletas” obedece a que algunas medidas dispuestas en el mismo son contrarias a la Ley núm. 63-17, de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial y al Decreto núm. 6-19 sobre el Reglamento de Licencias de Conducir.
Los accionantes han establecido que el Intrant requiere documentos y ha establecido condiciones que la ley no contempla.
Cabe recordar que el 15 de octubre de 2021, mediante la comunicación núm. DP-DESP-CE-620-2021, el Defensor del Pueblo, Pablo Ulloa, exhortó al Intrant ajustar el “Plan Nacional de Registro de Motocicletas” a las disposiciones de la Ley núm. 63-17, de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial y el Decreto núm. 6-19 sobre el Reglamento de Licencias de Conducir.
“Desde el año pasado recomendamos al Intrant, en razón de varias reclamaciones de ciudadanos, el cese inmediato de las acciones que no enmarquen estrictamente en las disposiciones de la Ley núm. 63-17 y del Decreto 6-19, por resultar contrarias al derecho fundamental a la buena administración y al principio de juridicidad que regula la actividad de la Administración”.
El conocimiento de la acción de amparo está fijado para el día miércoles 20 de julio a las 09:00 a. m. en la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo.
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