Consultor jurídico del Ayuntamiento de Santiago, refuta declaraciones del presidente de FEDODIM y del ex candidato del PLD en el Distrito Municipal Santiago Oeste.
Santiago: Rafael Ceballos Peralta, consultor jurídico del Ayuntamiento de Santiago de los Caballeros, salió al frente a declaraciones ofrecidas por separados, tanto del señor Pedro Richardson, director ejecutivo de la Federación Dominicana de Distritos Municipales y del comunicador Hipólito Martínez, quien fuera candidato a la posición de director distrital de esa demarcación, que fue elevada por el Congreso Nacional amparada en la ley 65-18 promulgada por el Poder Ejecutivo, el 28 de diciembre de 2018.
Ceballos resalta que en el caso de Richardson, esto debe obedecer a identidad partidaria, por tratarse de un director distrital que pertenece a las filas del mismo partido para el cual milita, el PRM, tras su renuncia del PRD, el pasado 24 de enero de este mismo año, ya que no se justifica que con los años que lleva ligado al tema municipal, este no sepa diferenciar las reglas aplicables de cuando se crea por ley un Municipio o un Distrito Municipal.
De acuerdo al director legal municipal, Richardson comete un error garrafal cuando menciona la aplicabilidad del artículo 29 de la ley de municipalidad 176-07, siendo esto solo aplicable cuando se trata de la creación o segregación de un municipio, están descrita las reglas para la creación de un órgano desconcentrado, como lo es el Distrito Municipal. Dichas reglas se encuentran en los artículos 77 y siguientes de la referida ley, por tanto, los bienes que han sido reclamados permanecen bajo el control absoluto del Ayuntamiento.
En cuanto al criterio externado por Hipólito Martínez, quien fuera el principal gestor de la creación del distrito Santiago Oeste, este se limitó a señalar que el Matadero Municipal, la Estación de Bomberos y el Ecoparque Rafey, pertenecen al recién creado distrito por un asunto de territoriedad sin señalar jurídicamente una sola disposición legal que justifiquen sus argumentos, apuntó Ceballos, quien además señaló que, Martínez demuestra ser total desconocedor de los temas municipales.
El ayuntamiento es uno solo, los distritos municipales, son órganos desconcentrados, los bienes del municipio, a excepción de los bienes de dominios públicos, permanecen en poder del Ayuntamiento, que también es uno solo, los bienes de servicios públicos y patrimoniales, se quedan en poder del municipio.
Otros impedimentos de los distritos municipales son, tener Oficinas de Planeamiento Urbano, Policía Municipal, Cuerpos de bomberos, ni el nombramiento de alcaldes pedáneos, debiendo estos, además, rendir un informe trimestral al Concejo de Regidores de la ejecución presupuestaria que ejecutan.
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